1. Contribuyentes directos con NIT
¿QUÉ GRAVA?
●Alquileres
● Intereses de depósitos en cajas de ahorro a plazo fijo y cuenta corriente.
● Honorarios directores de S.A. y Síndicos.
● Sueldos del personal contratado localmente por misiones diplomáticas, organizaciones internacionales y gobiernos extranjeros.
● Ingresos de personas contratadas por el sector público (consultores)
● Anticréticos (ingresos presuntos)
● Profesionales independientes
¿QUIENES PAGAN?
Todas las personas naturales y sucesiones indivisas que obtengan ingresos por las actividades señaladas anteriormente.
¿QUIÉNES NO PAGAN?
● Personas naturales y sucesiones indivisas alcanzadas por el IUE.
● Los intereses generados por DPF colocadas en moneda nacional en UFVs mayores de 30 días.
● Intereses generados por depósitos a plazo fijo colocados a un plazo mayor o igual a tres años.
● Funcionarios diplomáticos, personal oficial y empleados extranjeros de Organismos Internacionales, Misiones Diplomáticas e instituciones oficiales extranjeras.
¿CUÁL ES LA ALÍCUOTA?
13%, sobre la diferencia de los ingresos y las deducciones permitidas.
¿QUÉ FORMULARIOS SE DEBEN UTILIZAR?
● Formulario 610 Contribuyente directo
● Formulario 110 detalle de facturas.
● Formulario 604 retenciones
¿CUÁNDO SE DEBE PAGAR?
• Trimestral hasta el 20 del mes siguiente terminado el trimestre, en caso de las retenciones cuando se apliquen las mismas.
2. Contribuyentes indirectos SIN NIT (DEPENDIENTES)
¿QUÉ GRAVA?
● Sueldos y salarios de los dependientes.
● Jornales, sobresueldos, horas extras, bonos, dietas, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, comisiones en dinero o especie, gastos de representación y otras retribuciones ordinarias o extraordinarias.
● Viáticos según escala sin rendición de cuentas.
¿QUIENES PAGAN?
Todos los empleados del sector público o privado a través del agente de retención (empleador).
¿QUIÉNES NO PAGAN?
● Aguinaldos
● Beneficios sociales (desahucio, indemnizaciones)
● Subsidios (prenatal, lactancia, familiar, sepelio)
● Pensiones vitalicias
● Rentas de jubilación y pensiones de vejez.
● Viáticos sujetos a rendición.
¿CUÁL ES LA ALÍCUOTA?
●13%, sobre el monto total de ingresos percibidos.
¿QUÉ FORMULARIOS SE DEBEN UTILIZAR?
● Formulario 608 RC-IVA Contribuyente Directo
● Formulario 110 detalle de facturas.
¿CUÁNDO SE DEBE PAGAR?
Solo en los meses que exista impuesto retenido, de acuerdo al vencimiento, según el último digito del NIT.