1. Contribuyentes directos con NIT

¿QUÉ GRAVA?

●Alquileres
● Intereses de depósitos en cajas de ahorro a plazo fijo y cuenta corriente.
● Honorarios directores de S.A. y Síndicos.
● Sueldos del personal contratado localmente por misiones diplomáticas, organizaciones internacionales y gobiernos extranjeros.
● Ingresos de personas contratadas por el sector público (consultores)
● Anticréticos (ingresos presuntos)
● Profesionales independientes

¿QUIENES PAGAN?

Todas las personas naturales y sucesiones indivisas que obtengan ingresos por las actividades señaladas anteriormente.

¿QUIÉNES NO PAGAN?

● Personas naturales y sucesiones indivisas alcanzadas por el IUE.
● Los intereses generados por DPF colocadas en moneda nacional en UFVs mayores de 30 días.
● Intereses generados por depósitos a plazo fijo colocados a un plazo mayor o igual a tres años.
● Funcionarios diplomáticos, personal oficial y empleados extranjeros de Organismos Internacionales, Misiones Diplomáticas e instituciones oficiales extranjeras.

¿CUÁL ES LA ALÍCUOTA?

13%, sobre la diferencia de los ingresos y las deducciones permitidas.

¿QUÉ FORMULARIOS SE DEBEN UTILIZAR?

● Formulario 610 Contribuyente directo
● Formulario 110 detalle de facturas.
● Formulario 604 retenciones

¿CUÁNDO SE DEBE PAGAR?
• Trimestral hasta el 20 del mes siguiente terminado el trimestre, en caso de las retenciones cuando se apliquen las mismas.

2. Contribuyentes indirectos SIN NIT (DEPENDIENTES)

¿QUÉ GRAVA?

● Sueldos y salarios de los dependientes.
● Jornales, sobresueldos, horas extras, bonos, dietas, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, comisiones en dinero o especie, gastos de representación y otras retribuciones ordinarias o extraordinarias.
● Viáticos según escala sin rendición de cuentas.

¿QUIENES PAGAN?

Todos los empleados del sector público o privado a través del agente de retención (empleador).

¿QUIÉNES NO PAGAN?

● Aguinaldos
● Beneficios sociales (desahucio, indemnizaciones)
● Subsidios (prenatal, lactancia, familiar, sepelio)
● Pensiones vitalicias
● Rentas de jubilación y pensiones de vejez.
● Viáticos sujetos a rendición.

¿CUÁL ES LA ALÍCUOTA?

●13%, sobre el monto total de ingresos percibidos.

¿QUÉ FORMULARIOS SE DEBEN UTILIZAR?

● Formulario 608 RC-IVA Contribuyente Directo
● Formulario 110 detalle de facturas.

¿CUÁNDO SE DEBE PAGAR?

Solo en los meses que exista impuesto retenido, de acuerdo al vencimiento, según el último digito del NIT.